domingo, 2 de septiembre de 2012

El voto de los extranjeros agregaría un millón de electores nuevos

30 de Agosto de 2012
por Carlos Celaya ( Consultor y Editor de CuidadSi)


Un aumento del censo de un 3%, al que si le sumamos la modificación del código electoral para incorporar a los votantes de 16 a 18 años, hablamos de 3 millones de nuevos votantes, casi un 10% del censo.

Con apenas 6 artículos, el Proyecto de Ley que impulsa Aníbal Fernández y que podés leer en su blog (Aníbal Fernández, un blog sin vueltas) otorga el derecho de voto a todo extranjero que haya residido en el país por un periodo de dos años.
El proyecto de ley es en realidad la modificación de la Ley de Migraciones (Ley 25.871)y el Código Electoral (Ley 19.945) y se fundamenta en un largo texto que bucea en la Constitución y en sistemas electorales de otros países, con la clara intención de pregonar una Argentina, de nuevo, campeona olímpica de los derechos.
El preámbulo de nuestra Ley Fundamental afirma que los beneficios de la Constitución son para "todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino.
El artículo 16 dice que todos sus "habitantes son iguales ante la ley" (sus habitantes, dice, no sus nacionales) y el artículo 20 afirma que todos los extranjeros "gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano". Ciudadanía y nacionalidad aparecen, según los numerosos autores que cita Fernández, como términos equivalentes en la Constitución y se cita para eso a la Corte Suprema cuando afirma que la sinonímia "nacionalidad y ciudadanía" es innegable.
Todo ello sirve para argumentar un proyecto de ley que convertirá aproximadamente a un millón de extranjeros, según los cálculos del Gobierno, en electores en las próximas elecciones generales de 2015. Un aumento del censo electoral de un 3%, al que si le sumamos la modificación del código electoral para incorporar a los votantes de 16 a 18 años, hablamos de aproximadamente 3 millones de nuevos votantes, un 10% del censo.

¿Hablamos de derechos o de votos? es la pregunta que oiremos en los próximos días, dando entender que la concesión del derecho a votar en las elecciones presidenciales es una manera de engrosar el electorado del kirchnerismo, suponiendo que el voto de los extranjeros fuera a parar a las urnas del Frente para la Victoria.
Ese es un debate interesante, seguramente el real, pero antes de llegar a él ( y llegaremos) hay que recorrer aún el camino de las dudas.

Si el proyecto aspira a reconocer los derechos de los extranjeros, ¿por qué en ningún momento se habla del sufragio pasivo es decir, EL DERECHO A SER ELEGIDO? En otras palabras, ¿por qué los extranjeros tienen derecho a votar pero no a ser votados? Cuando el sufragio pasivo se reconoce, se forman candidaturas extranjeras al margen de los partidos tradicionales y nacionales, lo que aumenta la competencia electoral. Y esa no suele ser nunca la intención de los diputados oficialistas, sean del signo que sean.
Si se reconoce el derecho de los extranjeros a votar en las elecciones generales, ¿por qué no se pide el mismo derecho para los argentinos que habitan en países limítrofes como Bolivia o Paraguay? Dicho en otras palabras, ¿por qué no se habla de reciprocidad al conceder el derecho a voto de los extranjeros, como sí se menciona, por ejemplo, en la Constitución de Bolivia?

El derecho a voto de los extranjeros es una puerta para el arraigo efectivo en una comunidad. Es lo que te convierte en ciudadano pleno. Es lo que incorpora una mejor representación de los intereses. Y es, sin duda, un cálculo que cualquier partido que quiere gobernar hace e incorpora a sus estrategias. Llegó la hora de oferta electoral para los colectivos de bolivianos y paraguayos, en Argentina, pero también llegó la hora de su uso instrumental en las urnas.

 

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